A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Ese Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo·Demandado Departamento De Antioquia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asuntos en los que una IPS demanda a entidades públicas por el no pago de servicios de salud que ya fueron prestados
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Neiva, y el Juzgado 4º Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Se produce la controversia entre los Despachos por una demanda ordinaria laboral instaurada por la E.S.E.
Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo, en contra de la Secretaría de Salud del departamento de Antioquia, a través de la cual pretende que se declare que la demandada adeuda servicios de salud, en sumas contenidas en unas facturas de venta, y, se le ordene el pago a favor de la demandante, en valor y otros conceptos relacionados en escrito de demanda.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve de acuerdo con la regla de decisión del Autos 1088 de 2021 y reiterada en Auto 312 de 2023, según la cual, el conocimiento de los asuntos en los que una IPS demande a entidades públicas por el no pago de unos servicios de salud que ya se prestaron corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en virtud de lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 104 del CPACA.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente a Juzgado 4º Administrativo del Circuito de Neiva para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Neiva y el Juzgado 4º Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 4º Administrativo del Circuito de Neiva es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por la E.S.E. Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva, en contra del Departamento de Antioquia - Secretaría de Salud.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5526 al Juzgado 4º Administrativo del Circuito de Neiva para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.